R/ No. La regulación de contenidos de radiodifusión es una materia que escapa de las competencias legales dispuestas para el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones. El contenido de las programaciones que las empresas de radio y televisión transmiten a través de las frecuencias concesionadas, se encuentran dentro del ámbito de acción de lo que establece la Ley N° 7440, Ley de Espectáculos Públicos, la cual define que corresponde a la Comisión de Control y Espectáculos Públicos del Ministerio de Justicia y Gracia, los procesos, las sanciones y en general la regulación de los contenidos.